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Consejo de Defensa del estado se involucra en disputa de la banda 3.5GHz

El Consejo de Defensa del Estado argumenta que la información presentada por las operadoras sobre el caso de la banda 3.5GHz, no es correcta.

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El Consejo de Defensa del Estado (CDE) se hizo presente en a favor de Subtel, contra el recurso presentado por Claro y Entel ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en relación  al recurso de protección por el congelamiento del uso y explotación de la banda 3.5GHz.

En primera instancia la Corte de Apelaciones rechazó el recurso presentado por la operadoras, y hace un par de días, Entel y Claro presentaron un nuevo recurso pidiendo que se considere la solicitud inicial.

Ante los hechos, el Consejo de Defensa del Estado, se presentó en la corte indicando que el argumento que esgrimen las empresas sobre el número de clientes que tienen sobre la banda 3.5GHz no es correcto:

No es efectivo que la Resolución Exenta de Subtel N° 1.289, de fecha 19 de junio de 2018 (la “Resolución N° 1.289” o la “Resolución Recurrida”), cause menoscabo a los servicios prestados a 400 mil personas, clientes de dicha compañía.

Entel

El CDE, manifiesta que uno de los argumentos esgrimidos por Entel no cuenta con los estudios técnicos que los avale. Es decir, que no es correcto que al mover los usuarios de la banda 3.5GHz a otra banda, generaría detrimento de la calidad de navegación de los otros usuarios, debido al aumento del consumo del ancho de banda. Entel, además manifiesta que los cliente en BAFI sobre la banda 3.5GHz, representan el 8% del consumo total de ancho de banda de la compañía.

No existe atisbo alguno de información técnica objetiva que soporte dicha afirmación, ni mucho menos explicación racional sobre porqué los clientes BAFI –que trafican velocidades equivalentes apenas a un 16,6% de las velocidades máximas en la Banda 2.6 GHz, por citar un ejemplo- pueden disminuir grave e irreparablemente los servicios que se prestan a usuarios finales en aquellas bandas”, asegura y agrega que la Banda 2.6GHz permite ofrecer servicios de banda ancha inalámbrica, compatibles con las antenas de Entel con “descarga hasta cinco veces mayores, a un precio incluso menor a los productos BAFI, hoy en día ofrecidos en la Banda 3.5 GHz

Además, indican que el número de usuarios informados por Entel en sus comunicados y escritos judiciales no se ajustarían a la información que fue entregada al Sistema de Transferencia (S.T.I.):

Entel informó tener apenas 747 clientes en la Banda 3.5 GHz. La cifra de 30 mil clientes señalada por Entel es manifiestamente inconsistente con la información oficial que la propia compañía entregó a Subtel a través del Sistema de Transferencia de Información (STI) durante el mes de marzo de 2018. El número que representa apenas un 2,49% de la cifra que Entel señala en su recurso de protección, interpuesto apenas tres meses después de presentada dicha información oficial al STI

CDE también expresa que Entel en su servicio de internet hogar (BAFI), no dispone de la factibilidad técnica para entregar servicios a 30 mil clientes sobre la banda 3500MHz, ya que el número de estaciones de radio frecuencia no daría abasto. Las 13 estaciones que están autorizadas para este servicio, solo podría albergar entre 300 y 400 usuarios al mismo tiempo, con una velocidad máxima de conexión de 4Mbps.

Resulta técnicamente imposible que Entel preste servicios a 30 mil usuarios en la Banda 3.5 GHz, considerando que actualmente el servicio BAFI cuenta apenas con 13 estaciones base debidamente autorizadas y recepcionadas de obra para efectos de su funcionamiento en dicha banda de espectro (cada estación base puede prestar servicios hasta en 300-400 conexiones simultáneas, a razón de una capacidad de 4 Mbps por conexión)

Claro Chile

El Consejo manifiesta que el número de clientes informado en el escrito presentado a la Corte de Apelaciones no se ajusta con la información presentada por Claro al S.T.I.

1. No es efectivo que Claro cuente con 400 mil clientes en la Banda 3.5 GHz, toda vez que los 400 mil clientes señalados en dicho escrito corresponden principalmente a suscriptores de servicios de televisión de cable coaxial y servicios de televisión satelital en otras bandas, de acuerdo a lo informado por la propia compañía en los reportes presentados al regulador, vía STI.

Continúa declarando que es posible que Claro pueda migrar a sus cliente de televisión satelital a otras bandas sin mayor inconveniente.

La prestación de servicios de televisión satelital en otras bandas –incluyendo las señaladas en la Resolución Recurrida- es completamente viable. Claro solo dispone de siete antenas receptoras y transmisoras de señales satelitales en la Banda 3.5 GHz, todas ellas ubicadas en la comuna de La Florida, y que permiten la bajada de señales de algunos canales de televisión, que luego son hechas llegar a determinadas porciones específicas de la ciudad de Santiago; canales de televisión que, en todo caso, pueden ser retransmitidos en otras bandas de frecuencia de espectro

La respuesta de Claro

Ante los argumentos expresados por el CDE, el día de ayer se apersonaron en la Corte de Apelaciones los abogados que representan a Claro, para presentar un téngase presente, que expresa lo siguiente:

La propia autoridad reconoció que Claro sí utiliza el espectro comprendido entre las frecuencias 3.400-3.800 MHz, al indicar expresamente que nuestra representada tiene consumidores cuyo servicio es proveído a través de dicho espectro.

Ivan

Debo confesar, abiertamente que soy enemigo número uno de las redes sociales, y en general, a lo que se refiere compartir información privada por Internet.

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Ivan