Las reglas del juego cambiarán, sobre todo para aquellos que cambian su smartphone más de una vez al año aprovechando ofertas fuera del país.
La comida no es lo único que comenzará a tener etiquetas con información. El jueves 16 de junio se publicó en el Diario Oficial la norma técnica que regula las especificaciones técnicas mínimas que deberán cumplir los terminales utilizados en las redes móviles en el país.
Un marco creado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones para regir la manera en que se venderán los smartphones, módems, tablets y otros aparatos que se conectan a través de los operadores locales, dando pleno acceso a servicios en el país.
En la misma, como ya te contamos con anterioridad, se estipula que los dispositivos móviles a comercializarse en Chile tendrán un sticker que mostrará las capacidades de cada equipo ofrecido en vitrina. Si el equipo no es compatible con todas las bandas explotadas comercialmente en todos los operadores, no será considerado compatible con esa tecnología.
Así las cosas, un equipo apto para funcionar en algunas bandas 4G, algunas bandas 3G, y todas las bandas 2G, será considerado un equipo 2G y tendrá un sticker que lo avale en esa categoría.
La normativa impide que un equipo no compatible en su totalidad con alguna de las 3 tecnologías ofrecidas en Chile sea comercializado en el país, puesto que no recibirá la homologación necesaria para llegar a punto de venta. Un equipo no homologado — o sin sticker — no podrá venderse ni funcionar.
Estas certificaciones son entregadas por empresas idóneas que «acreditarán la homologación del correspondiente modelo de equipo», engrosando una base de datos única principalmente rellenada por los operadores y fabricantes, quienes tendrán que entregar todos los datos que permitan individualizar cada dispositivo vendido en Chile.
El mínimo de información que incluye esta base de datos centralizada contempla el tipo de dispositivo, marca, modelo técnico, modelo comercial, versión de hardware, tipo de sistema operativo, versión de sistema operativo, versión de software de personalización del fabricante, versión de software de personalización del operador, empresa proveedora del equipo, empresa certificadora que aprueba su uso en el país, fecha de homologación, IMEI, clasificación de homologación (si es 2G, 3G, 4G y futuras tecnologías), aptitud para SAE, fecha de inscipción en la base de datos y el nombre de la empresa certificadora que inscribe en la base de datos.
Esta base de datos no considera nombre del dueño del equipo o su dirección física. De todas maneras, eso está en manos del operador en una base de datos cruzada.
Esta base de datos permite crear una efectiva forma de rastreo y bloqueo de aparatos clonados y robados, permitiendo a los operadores tomar acción ante este problema de forma más efectiva.
Sin embargo, esto provoca un efecto colateral en el que algunos pueden verse afectados.
La normativa faculta a los operadores a bloquear el acceso a redes a cualquier dispositivo que no esté en la base de datos centralizada, lo que deja sin opciones de traficar datos en las compañías a todo aquel aparato que ingrese al país importado por empresas de terceros o por personas naturales que no hayan certificado su terminal.
El artículo 3ero de la normativa, tal como aparece en el cuerpo legal, estipula lo siguiente: «Las concesionarias de servicio público telefónico y transmisión de datos móviles sólo habilitarán en sus respectivas redes equipos terminales móviles cuyos correspondientes modelos hayan cumplido con el procedimiento de homologación, salvo aquellos que se encuentren en el país operando en modalidad de roaming internacional».
En español antiguo: si compras el teléfono de tus sueños en un viaje, o decides traerte un teléfono desde el extranjero para evitar pagar el precio que tendría en Chile, o deseas buscar alguna alternativa que no está disponible acá de forma convencional, no podrás usarlo de inmediato porque ya no será llegar y activar.
«Con esto queremos darle la seguridad al usuario que su dispositivo podrá ser apto para las tecnologías en operación en Chile», explica Pedro Huichalaf.
El timonel de la SUBTEL asegura que esta restricción por ningún motivo implica una restricción a la libre importación de dispositivos móviles para su uso en el país.
«No hay una prohibición, es simplemente una adopción y una decisión. Si una persona quiere traer uno, dos, tres, cuatro, cinco o diez teléfonos, no hay ningún problema. Lo único que le estamos diciendo es que previo al ingreso de ese teléfono a la red, tiene que certificar que ese teléfono es legal y tiene un IMEI válido, o no funcionará (…) Uno es gratis al año, por el segundo tiene que pagar por el servicio», argumentó el subsecretario.
«Si tú traes un teléfono de afuera funciona sin problemas, pero puede que genere problemas de interferencia de las redes si es un teléfono adulterado, si te lo roban no existe fórmula para bloquearlo por IMEI, no sabes si te va a llegar el mensaje de alerta o no, no sabes si te sirve para todas las compañías. Ante toda esa incertidumbre, nosotros establecimos una norma clara que favorece la seguridad», comentó la autoridad.
«Esto no va a ser una complicación, pues el mercado ya hace esta certificación. Sólo les estamos diciendo que haya un registro, y les decimos que si un teléfono no está registrado entonces no va a funcionar«, sentenció Huichalaf.
Bueno, el proceso para activar tu terminal importado tras la puesta en marcha de esta nueva normativa será de la siguiente manera.
Compras un smartphone en el extranjero o a una importadora. Luego de eso, tendrás que revisar la página de SUBTEL para así identificar la empresa certificadora en la que desees procesar tu dispositivo, a la que tendrás que enviar toda la documentación que avale que el aparato que compraste cumple con las características técnicas mínimas para su funcionamiento en el país.
«Cuando hay partidas mayoristas, existe un sistema de homologación definido. Si un teléfono traído es homologado en el extranjero, es cosa de certificar esa homologación y listo. Va a ser un trámite simplificado, probablemente por internet«, asegura el subsecretario.
Subentendemos que para evitar el cobro de la inscripción del segundo teléfono podrías hacerlo a nombre de algún amigo o familiar.
Si esto se cumple — es decir, si es compatible totalmente con al menos una tecnología comercializada en el país — la empresa certificadora integrará tu aparato a la base de datos centralizada. Esto se denomina como una Inscripción Administrativa.
En el cuerpo legal no se explica si dentro de lo requerido se exigirá el pago del impuesto respectivo por internación como obligación para realizar la inscripción; sin embargo, el subsecretario ha asegurado que el pago o no de impuesto de internación no será un factor a considerar, pues no es un tema de incumbencia de la subsecretaría.
El procedimiento no tendrá costo para ti bajo las siguientes condiciones: que sólo hagas una inscripción a tu nombre al año, y/o que el total de las inscripciones hechas por una empresa certificadora no supere el 2% del total realizadas en ese lugar. Superada esa estadística, la empresa no tiene obligación alguna de darte el servicio, incluso si calificas en el primer punto.
El subsecretario Huichalaf aseguró a Pisapapeles que la normativa no tendrá mayor impacto en el mercado de equipos importados, puesto que — según sus cifras — la importación es menor al límite de 2% estipulado en la norma.
«La compra de teléfonos en el extranjero por personas individuales es muy menor. Son pocas personas que realizan ese proceso», aseguró Huichalaf.
Sin embargo, esto implica una problemática de cara a aquellos que compran más de un equipo al año en el extranjero y que tendrán que pagar cada vez que quieran cambiar su dispositivo; aunque, principalmente, afectaría a aquellos que compran equipos en importadoras, las que se verán en la obligación de regular su funcionamiento a este nuevo cuerpo legal y tendrán que traspasar el costo que tendrá la certificación e inscripción en la base de datos unificada a sus clientes, haciendo menos competitivos sus precios.
También podría afectar el mercado de teléfonos open o desbloqueados vendidos de forma Directa tanto por fabricantes en sus tiendas como en el retail, puesto que la homologación que se hace para llegar a punto de venta en ese caso sólo es realizada por la propia empresa, no teniendo que pasar por ningún otro proceso para validar su funcionamiento y — por ende — facilitando su rápida puesta en venta en el mercado.
En el caso hipotético de que fueras una empresa que quiere introducir un smartphone en el país que no esté homologado por una entidad equivalente, y desea asegurarse que el equipo que quiere vender funciona correctamente a nivel de software, hardware y redes para cumplir con la norma, las oficinas existentes que se encargan de ese proceso para operadores y fabricantes en la actualidad contemplan valores de alrededor de USD $5000 por cada aparato testeado.
Se considera un smartphone para cada variante de operador y cada versión de software desarrollada.
El costo del equipamiento óptimo — un Rohde & Schwarz CMW500 o un Keysight E7515A UXM Wireless sin el Shellbox que permite efectivamente hacer las pruebas — más el software para homologación tiene un valor que se empina por los USD $500.000. No todas las empresas de homologación y certificación tienen acceso a estos dispositivos.
Un proceso de homologación para nuevos modelos podría contemplar destrucción parcial del equipo sujeto de pruebas para ciertos tests. Esto aplica principalmente para pruebas de radiofrecuencias en aparatos unibody o todo aquel que no tenga un panel trasero desmontable.
Actualmente el costo de la Inscripción Administrativa — esta es la que hace una persona natural — no se sabe, puesto que este punto no es aclarado en el cuerpo legal. No queda claro si ese valor estará dictado por SUBTEL o si quedará a decisión de cada empresa certificadora.
En los operadores las ideas sobre el costo que esto podría tener no siguen una misma línea de cara a la certificación y activación de equipos extranjeros en la red.
Mientras unos aseguran que podría ocurrir igual que en la portabilidad y acabar no teniendo costo alguno para el consumidor, y que estarían dispuestas a asumir el costo para tener un cliente y así recuperar el precio de esa activación con una suscripción mensual, otras aseguran que no están dispuestas a pagar dinero de su bolsillo para regularizar dispositivos traídos para su funcionamiento en Chile.
La homologación de SUBTEL será obligatoria para la comercialización de dispositivos en Chile; sin embargo, existen otros reguladores a nivel mundial cuya certificación será aceptada como propia por nuestra subsecretaría, los que tampoco son individualizados.
«Eso lo vamos a definir más adelante. Tenemos de acá a marzo para la definición del protocolo de equivalencia con certificadoras internacionales, pero ya hay estándares que existen,» señala Huichalaf.
Los reguladores que más dispositivos relevantes para nuestro mercado mueven son la FCC estadounidense, la CE en Europa, la ANATEL brasileña y la TENAA de China.
La base de datos centralizada será manejada por una única empresa definida de común acuerdo por las operadoras sin tener relación de dependencia con alguna de ellas, la que tendrá que ofrecer acceso a la comunidad a ella por intermedio de las compañías, quienes tendrán la obligación de ofrecer a través del IMEI los datos sobre compatibilidad de bandas.
Está estipulado que desde la publicación de esta normativa en el Diario Oficial hasta su puesta en marcha han de pasar 270 días. Eso implica que el lunes 13 de marzo de 2017 — el segundo lunes de marzo del próximo año — es la fecha de inicio obligatoria de esta normativa.
Hay dos buenas noticias al respecto. La primera — hasta ahora — es que todos los equipos que ahora mismo están funcionando, y que sean activados antes de el inicio de la vigencia de esta normativa, tendrán su funcionamiento asegurado por la eternidad, pues permanecerán en una base de datos previa que no va a ser modificada.
Sin embargo, el subsecretario comentó que podría existir un proceso de regularización de estos aparatos, en el que se invitaría a los usuarios a inscribir sus aparatos gratuitamente en esta base de datos centralizada que permitiría dejar sin servicio a aquellos aparatos robados con IMEI clonado.
Eso está por definirse más adelante.
La segunda es que, según el propio subsecretario, la implementación de la normativa no incidirá en el precio de los smartphones que requieran la nueva certificación.
«Esto no va a aumentar los costos de los equipos. Creo que lo que va a pasar es que las empresas van a tener que vender el stock que no está certificado ni etiquetado de acá a marzo; por tanto, yo creo que en navidad va a haber muchas ofertas de teléfonos para luego traer nuevo stock certificado», explicó.
«Estas son políticas públicas que benefician a la mayoría de los usuarios. Obviamente, existirá un grupo que podría sentirse afectado, pero hay que ver por la masividad», concluyó Huichalaf.
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tl;dr — Todo aquel smartphone que quieras comprar en el extranjero, cómpralo y actívalo antes del 13 de marzo de 2017.