La Subtel apelaba a la espera de la decisión de la Corte Suprema, tras la judicialización, para presentar las bases de la licitación de la red de quinta generación.
En marzo, la subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) aplazaba el plazo fijado para lanzar la licitación de la red 5G. En dicha instancia, la subsecretaria, Pamela Gidi, apelaba a esperar de la decisión de la Corte Suprema, tras la judicialización, para presentar las bases de la licitación de la red de quinta generación.
Finalmente, la Corte Suprema decidió respaldar lo presentado por el Tribunal de la Libre Competencia (TDLC), el cual fijó nuevos límites de espectro según las recomendaciones de la Subtel. Si bien no se mantuvo exacta, la decisión fija limites similares a lo propuesto por el TDLC, quien proponía cuatro frecuencias con 35% de espectro por compañía.
Según el dictamen, no apelable, del máximo tribunal las bandas bajas quedarán con 32%, las bajas medias y medias con 30% c/u, y las bandas milimétricas: 25%. Según afirmó Gidi, «el fallo de la Corte Suprema además de poner reglas claras respecto de la capacidad espectral que pueden tener las empresas, elimina el último obstáculo para desarrollar el próximo concurso de espectro para el desarrollo de redes 5G».
Pero el fallo de la Suprema no quedó ahí. Esto, porque fija otras cinco medidas extras, de las cuales dos son para el desarrollo de la licitación del 5G.
La primera de ellas, va en línea del roaming nacional obligatorio, además de temporal para las empresas que están desplegándose, como WOM. La misma sentencia, fija la «obligación para los operadores incumbentes (Claro, Entel y Movistar) que poseen una red de cobertura nacional de proporcionar roaming para entrantes debe ser general a todas las bandas y por tanto excederá al concurso o banda específica del mismo».
Sumándose a eso, se establece que las empresas deberán contar con una oferta de facilidades y reventa para los Operadores Móviles Virtuales (OMV). Aquellas opciones deben permitir que las empresas que lo adquieran puedan entregar un servicio público. Dicha medida deberá ser fiscalizada por la Subtel y la Fiscalía Nacional Económica (FNE). Como otra medida fijada por la Corte Suprema, obliga a los dos organismos a que «vigilen y eventualmente sancionen el comportamiento del incumbente y puedan ajustar las condiciones de las ofertas y contratos de roaming, y ofertas de facilidades».
A las medidas ya mencionadas, la Corte Suprema estableció dos más, las cuales van en línea de la futura licitación por el 5G. La primera de ellas, sentencia que la subsecretaría de Telecomunicaciones deberá exigir a los participantes de la licitación, a comprometerse con un uso «real» y «óptimo» del espectro asignado.
Siguiendo esta línea, el tribunal señala que, antes que Subtel presente la licitación, las empresas Entel, Claro y Movistar, podrán ofrecer en sus actuales concesiones una «previa optimización de tales redes en las frecuencias disponibles en un plazo y costos también razonables», debiendo privilegiar la adjudicación a empresas entrantes o de menor tamaño.
Finalmente, el fallo establece que si bien la sentencia implica una ampliación de los límites de espectro, las compañías deberán continuar con su devolución de espectro. Medida que surgió luego de la licitación del espectro en la banda 700 MHz en 2014 para el 4G.
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