La SUBTEL tendrá un plazo de 15 días hábiles para contestar ante esta notificación y comenzar la audiencia expuesta en la Corte Suprema.
Cuando llegó la banda de 700 MHz y comenzó todo el trámite de su licitación a través de concurso público, hubo sólo tres operadores que participaron en éste, el ¿porqué?, sólo estos tres operadores cumplían con los requisitos que la Subtel impuso en este concurso. Esos operadores fueron Movistar, Claro y Entel, los operadores más grandes del país, dejando de lado a otros como WOM (Nextel) y VTR.
Al observar estos requisitos para optar a la licitación, la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) acudió al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, exponiendo que las bases del concurso público estaban mal hechas, y beneficiaban directamente a los tres operadores más grandes del país, dejando al resto fuera de esta postulación.
Así fue como la CONADECUS realizó una consulta y reposición al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia –TDLC-, las que fueron rechazadas, para luego presentar una demanda ante esta misma instancia en la que acusó a éstos operadores de acaparar espectro y entrabar la libre competencia aprovechándose de las bases mal hechas.
Esta demanda fue rechazada por el TDLC, y la CONADECUS presentó un recurso especial de revisión, conforme a la Ley 19.880, para impugnar las bases del concurso público de 700 MHz, el que también fue rechazado.
Luego de apelar ante la Corte Suprema, ésta acogió la demanda y comenzó su revisión, la que ha dado un plazo de 15 días hábiles a la SUBTEL para citar a audiencia, y así tomar una decisión respecto debido al aspecto legal de las medidas para mejor resolver.
La CONADECUS expone que esta banda debe ser eliminada porque atenta contra la libre competencia con el resto de los operadores que no tienen esta banda para entregar a sus clientes. Claramente, esto se trata de una minoría de usuarios, que si se llega a aprobar por la Corte Suprema y se elimina esta banda, sería más perjudicial para la gran cantidad de usuarios que usan esta banda 700 MHz.
El ex ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Andrés Gómez-Lobo, comentó cuando se encontraba en su cargo, que las concesiones de 700 MHz son indispensables para que las señales de telefonía móvil entren en edificios, y además ayuda a que los usuarios puedan transferir datos a mayor velocidad, junto además que localidades y escuelas rurales puedan disponer de cobertura telefónica y de Internet.
La agrupación piensa totalmente lo contrario, ellos dicen que:
La capacidad de tráfico de las actuales redes de telefonía móvil se puede aumentar perfectamente en el corto plazo con otras acciones, que han sido claramente identificadas por los expertos que asesoran a Conadecus en esta materia. Además, los operadores chilenos no aprovechan la tecnología 4G -ya disponen de ella en 2.600 MHz- para descongestionar sus actuales redes 3G y 2G, que están absolutamente saturadas.
La Corte Suprema ha pedido a la SUBTEL que entregue la información solicitada respecto a las bandas que conforman el espectro radioeléctrico disponible en Chile para la transmisión de voz y datos móviles, entre esta información además deben informar sobre los rangos de frecuencia asignados a los operadores, acompañando además una información histórica que dé cuenta del total asignado a cada operador y su utilización efectiva. Además la Corte Suprema pide que se informe respecto a las conductas adoptadas por la autoridad en virtud de las fiscalizaciones realizadas en relación a la utilización de espectro radioeléctrico asignado a los operadores; y por último, informar sobre las bandas susceptibles de ser utilizadas en la provisión de servicios de comunicaciones móviles 4G.
Para esto la SUBTEL tendrá un plazo de 15 días hábiles para contestar ante esta notificación y comenzar la audiencia expuesta en la Corte Suprema.
En una declaración de Hernán Calderón, Presidente de Conadecus, éste se ha referido al tema en cuestión comentando que:
Debemos precisar que Conadecus jamás se ha opuesto a la licitación de nuevas bandas, como la de 700 MHz. Lo que Conadecus pide es que se respete el DL 211, de modo que cualquier operador tenga acceso a la banda de 700 MHz, por la vía de servicios mayoristas, ofrecidos por los concesionarios de esa y otras bandas del espectro radioeléctrico, que ellos están obligados a prestar conforme a una amplia jurisprudencia sobre la materia.
Sin embargo, las ofertas de servicios mayoristas elaboradas hasta la fecha por los concesionarios del espectro, tienen precios al por mayor que en general superan a los precios al detalle ofrecidos por los mismos concesionarios, lo que en la práctica significa restringir el acceso de sus competidores al espectro y confinarlos a participar sólo en segmentos reducidos del mercado.
Uno de los posibles desenlaces de este juicio es que la Corte Suprema anule la participación de Entel, Movistar y Claro en la licitación de la banda de 700 MHz, por los errores y abusos cometidos por esas empresas en el proceso correspondiente. Sería un desenlace lamentable para ellas, sin duda, pero no lo vemos como que signifique apagar las instalaciones que ya están operando en la banda de 700 MHz, y que los usuarios puedan quedar sin los servicios correspondientes. Si tal fuere el desenlace, el Estado tendría que intervenir esas instalaciones y licitarlas de nuevo, pero esta vez en condiciones que realmente aumenten la competencia en la industria; además, nada impediría que Entel, Movistar y Claro participen en esta nueva licitación, siempre que se comprometan a respetar esas condiciones.