Todo lo que necesitas saber del “Impuesto a los Servicios Digitales”

El jueves te contábamos de la aprobación, en general, del proyecto de ley de “modernización tributaria” propuesto por el gobierno. Lo anterior se volvió una de las medidas fundamentales impulsadas por la actual administración. Tras una intensa discusión, la reforma fue aprobada por los diputados con 84 votos a favor y 60 en contra.

Uno de los artículos contenidos por esta reforma introducía un nuevo impuesto específico, esta vez a los “servicios digitales”. Dicho punto fue aprobado por una amplia mayoría de los representantes: 123 a favor, 20 en contra y 4 abstenciones.

El avance de la digitalización de las cosas ha presentado un gran problema para las legislaciones, no solo de Chile. A raíz de esto y considerando la baja en la recaudación fiscal, que se produciría si esta reforma finalmente es aprobada por el Senado, el gobierno propuso crear el Impuesto a los Servicios Digitales (ISD). Aunque el proyecto no solo aborda el tema de los impuestos, también lo hace con las compras en el extranjero.

¿Qué servicios pagarían?

Lo primero señalado por dicho artículo es la introducción de un impuesto específico para “los servicios digitales prestados por personas o entidades domiciliadas o residentes en el extranjero”. Como servicio digital se define, entre otras cosas, a los servicios remunerados de entretenimiento digital (música, video, juegos, etc), publicidad en el extranjero y los servicios en la nube (almacenamiento o software).

Imagen: Mouse

El listado de servicios que ingresen en este impuesto específico será determinado a través de un listado elaborado por el Servicio de Impuestos Internos (SII). La entidad deberá hacer público dicha información y actualizarla una vez que ingresen más servicios.

Los servicios digitales suscritos en este proyectos son de múltiples plataformas y servicios, pero podemos distinguir empresas como Spotify, Apple Music, Deezer, YouTube, Airbnb, PedidosYa, Uber Eats, Dropbox, Netflix, entre muchas otras. Respecto a los servicios de transporte como Didi, Uber o Cabify no se tiene claridad ya que para estos se discute una ley especial en el Congreso.

¿Cuánto se pagaría?

El proyecto establece que el impuesto específico se aplicará a los servicios digitales, independiente de si cuentan con un servidor o plataforma en Chile. El problema no es que las empresas presten el servicio, sino que no exista un pago de impuesto al realizarse una transacción de dinero.

Una vez entendido el problema, nos queda la pregunta: ¿cuánto cobrarán? La introducción de este artículo en la modernización tributaria propone un impuesto de un 10% al monto pagado por el usuario, lo que es menor al 19% del IVA. Debido a esto, tiempo atrás el ministro de Economía, Ramón Valente, indicaba que dicho monto incluso podría ser absorbido por los prestadores del servicio, situación que el proyecto descarta.

Si consideramos lo anterior, el plan más básico de Netflix pasaría de $4.590 a $5.049, o el plan familiar de Spotify que hoy cuesta $5.290 subiría a $5.819.

¿Quién pagaría el impuesto?

Lo señalado por Valente finalmente no ocurrió. Según el proyecto de ley el impuesto será cargado al medio de pago utilizado por el usuario, en otras palabras a la tarjeta de crédito del cliente. A raíz de esto, serán las entidades bancarias, que presten dicho servicio, las encargadas de recaudar dicho impuesto. En caso de que el pago sea realizado en efectivo, el prestador del servicio digital (Netflix por ejemplo) deberá declarar y pagar dicho impuesto.

Una vez claro esto, nos aparece una duda: ¿qué pasa con los productos que ya pagaron impuesto? Por ejemplo: si realizamos una compra en servicios de comida o de productos físicos.

Doble IVA

Si realizamos una compra a través de servicios como Rappi, PedidosYa, Cornershop o cualquier empresa que va y compra un producto físico, de aprobarse tal cual la reforma, estaríamos pagando un doble impuesto. Esto porque el producto comprado ya pagó el IVA, a lo que tendríamos que sumarle un 10% en el valor del Impuesto a los Servicios Digitales (ISD).

En Radio Cooperativa, el presidente de los fiscalizadores del SII explicó que no existe claridad absoluta respecto a esta materia. “Tu vas a pagar el 19 por ciento, pero vas a pagar por la aplicación tecnológica de esa empresa el 19 por ciento: Le estamos duplicando a la gente, cuando las empresas, incluso eso, lo pueden rebajar de sus impuestos porque los compran a través de las empresas”, señaló.

El otro problema

Las compras y servicios digitales son, sin duda, uno de los puntos abordados por esta reforma. Pero el pago de servicios digitales no será lo único a solucionar. A esto se suma la búsqueda de una solución al llamado “aduanazo”.

Lo anterior se entiende como el paso de un producto por la aduana sin pagar el impuesto que le corresponde: el IVA. Esto se produce debido a la “falta de personal” para determinar cuales son realmente los productos que deben pagar impuesto. Según el documento de anuncio de este proyecto, se trabajará para revertir dicha situación y que todos los productos paguen el impuesto correspondiente.

Esto implicaría otro problema: ¿qué pasa cuando el envío es gratuito y el producto debe pagar IVA? Una de las formas de solucionar dicho inconveniente sería hacer lo que realiza Amazon, quien incluye el pago de dicho impuesto en el total de nuestra compra. Lo mismo deberían hacer las demás plataformas, las que podrían aplicar un impuesto especial para las compras realizadas desde Chile.

El proyecto ahora pasará a su tramitación en el Senado, aunque según estimaciones del ministerio de Haciendo, la inclusión del ISD le implicaría recaudar US$40 millones extras al fisco. Lo que haría frente a las perdidas por la reintegración del sistema tributario a las empresas.

Fuente: Proyecto de Ley & Cooperativa