Los alcances de la ley que permite el teletrabajo en Chile

Hace poco más de un año y medio ingresó al Congreso de nuestro país el proyecto de Ley sobre el Teletrabajo. En ese lugar, y durante diferentes instancias de tramitación, permaneció hasta ayer, cuando fue finalmente aprobado por la sala del Senado. Este martes, y como último trámite, el Presidente Sebastián Piñera firmó la normativa que busca regular el trabajo a distancia.

El proyecto, de iniciativa del Ejecutivo, ya llevaba una larga discusión, que se vio presionada por la inminente situación actual. La cual ha obligado a muchos trabajadores a realizar sus labores comunes desde casa.

Una las principales críticas, y que mantenía en tramitación aún el proyecto, era que a juicio de la oposición este permitía una precarización del trabajo al aumentar las jornadas a 12 horas. Lo que fue desestimado por el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, “las críticas son injustificadas, porque si hay algo que hace el proyecto es poner límites al empleador para aquellos trabajadores que trabajen a distancia, límites que hoy día no existen”, señaló.

Los alcances del proyecto

Según la ministra de Trabajo, María José Zaldívar, la nueva ley “establece que los insumos necesarios para desempeñarse desde la casa”. A continuación un listado con los puntos más importantes de la nueva Ley de Teletrabajo:

1.- Debe ser acordado por ambas partes: El inicio de esta modalidad debe ser de común acuerdo entre empleador y trabajador, de la misma manera si esta quiere ser terminada por alguna de las partes, que puede ser unilateralmente. Para aquello se deberá avisar con una anticipación de 30 días.

Al momento de hacer el cambio de modalidad de trabajo se debe mantener la remuneración, así como también los derechos laborales establecidos en el Código del Trabajo. De ocurrir algún accidente en el lugar de trabajo a distancia, este será cubierto por la Mutual, como si fuera en el dependencias de la empresa.

2.- Los insumos los entrega el empleador: La nueva ley establece que bajo ninguna circunstancia el trabajador deberá ser obligado a utilizar elementos de su propiedad. Es decir, el costo de operación, mantenimiento y funcionamiento debe ser de cargo al empleador.

“El responsable de otorgar las herramientas de trabajo y de asegurar y hacerse cargo de los costos que irrogue el teletrabajo, como por ejemplo el costo de internet, va a ser el empleador”, señala la normativa.

3.- Derecho a la desconexión: Si bien la ley consolida la libertad de los trabajadores a elegir las horas en las que desarrollará su labor, el empleador deberá garantizar una desconexión mínima de 12 horas, entre una jornada y otra.

A esto se suma el impedimento del empleador a interrumpir este periodo por comunicación electrónica, ya sea correo, llamadas o incluso Whatsapp.

Desde el ministerio del Trabajo aseguran que ya estando firmado el proyecto, por el Presidente, solo basta promulgarla, lo que podría tardar unas semanas. De alcanzar a realizarse este trámite antes del fin de marzo, la nueva Ley de Teletrabajo comenzaría a regir desde abril.

Fuente: Cooperativa, Meganoticias & Senado.

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