Claro y Movistar presentan recurso por cronograma de devolución de espectro

El 1 de agosto la subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) daba a conocer el cronograma para que las empresa, a las cuales la Corte Suprema les ordenó devolver espectro, cumplieran con dichos plazos y formas de entrega. El método y plaza presentado por la autoridad regulatoria fue presentado ante el Tribunal de Libre Competencia (TDLC), organismo que autorizó dicha medida.

Según lo determinado por Subtel, las empresas Movistar y Claro contarían con tres métodos posibles para devolver dicho espectro.En cuanto a plazos, tendrían cinco días para elegir su opción y cerca de dos años -dependiendo la forma elegida- para devolver dicho espectro. El regreso de ese espacio determinado, podía ser realizado únicamente en una banda y no necesariamente la de 700 MHz.

Debido a este cronograma, Claro Chile ingresó un requerimiento, ante el TDLC, contra el documento aprobado por dicho organismo a Subtel. En dicha solicitud señalan que este tribunal solo se pronunció y no se refirió al cronograma, impidiendo que la compañía «pudiese hacer valer sus derechos, a observar y/o objetar el documento, para darle la oportunidad a la Subtel para pronunciarse sobre las eventuales oposiciones que pudiesen presentarse».

Mismo camino siguió Movistar, quien argumenta que debe existir un tiempo para solicitar aclaraciones respecto al cronograma de dicha devolución.

Por su parte, la compañía chilena Entel presentó, tiempo atrás, un requerimiento ante el Tribunal Constitucional argumentando actos inconstitucionales en el dictamen de la Corte Suprema.

Fuente: La Tercera

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