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Cambios en la Portabilidad Numérica: No podrás volver a portarte en un plazo de 120 días

El reciente cambio en el Reglamento de Portabilidad Numérica en Chile, publicado el 5 de noviembre en el Diario Oficial, introduce cambios importantes para mejorar la seguridad y eficiencia del sistema de portabilidad, adaptándose a las necesidades actuales y cerrando vacíos legales que beneficiaban prácticas indebidas.

Entre los principales cambios y relacionados con la seguridad, ahora se va a requerir un Código de Activación de la Portabilidad (CAP) también para usuarios de planes postpago, un código que previamente solo aplicaba a los números prepago. Además, las empresas tienen la responsabilidad de verificar la identidad del titular del número durante el proceso de portabilidad. Aunque se había planteado incorporar validación biométrica, finalmente se optó por reforzar la responsabilidad de las compañías en este aspecto, en un intento por evitar fraudes como el SIM swapping.

Otro cambio significativo es la posibilidad de anular una portabilidad si se detecta que se realizó sin el consentimiento del titular o mediante suplantación de identidad. Esta novedad permite a la empresa revertir una portabilidad completada, restableciendo al usuario a las condiciones previas en caso de problemas en el proceso o perjuicio para el usuario.

Tendrás que pagar por el servicio usado antes de portarte

También se implementó un cambio en el concepto de «cuenta al día». Ahora, para autorizar una portabilidad, se exige que el usuario haya pagado cualquier saldo pendiente, incluso si aún no está vencido. Este ajuste elimina la práctica de algunos usuarios que se portaban antes de que las deudas vencieran, dejando cuentas impagas en las compañías de origen.

Un cambio que a muchos no les gustará es el aumento en el tiempo mínimo de permanencia en una nueva compañía después de realizar una portabilidad. El plazo se duplicó de 60 a 120 días, limitando la posibilidad de cambiar rápidamente de proveedor. Esta medida busca evitar que los usuarios acumulen deudas pequeñas en distintas compañías, aunque podría restringir las opciones para aquellos que deseen cambiar de proveedor por razones legítimas de calidad o cobertura del servicio.

Finalmente, se añadió una disposición sobre seguridad de la información. Tanto los proveedores como la Oficina de Administración de Portabilidad (OAP) deberán cumplir con normas de ciberseguridad adicionales, protegiendo los datos relacionados con la portabilidad y adoptando medidas ante incidentes de seguridad. Esta medida refuerza el compromiso con la protección de datos personales y la integridad de los sistemas de telecomunicaciones.

¿Cuándo entran en vigencia estas medidas?

Según lo informado por la publicación del Diario Oficial, el envío del CAP para activar el proceso de portabilidad en números postpago, comenzará a entrar en vigencia desde el mes de agosto de 2025.

Por otro lado, la exigencia de tener la cuenta al día del servicio a portar y el nuevo plazo de 120 días para volver a portarse, entrará en vigencia a partir del día 3 de febrero de 2025.

En resumen, estos cambios buscan hacer más seguro y justo el proceso de portabilidad numérica en Chile, respondiendo tanto a las demandas de seguridad en el contexto de fraude como a las necesidades de las empresas para reducir la morosidad. A pesar de estos beneficios, algunas de las medidas, como el aumento en el tiempo de permanencia mínima, podrían limitar las opciones de los usuarios y representar una desventaja para aquellos que desean ejercer su derecho de portabilidad con mayor libertad.

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